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Organización para la Prohibición de Armas Químicas (OPAQ)

La Convención sobre la Prohibición del Desarrollo, la Producción, el Almacenamiento y el Empleo de Armas Químicas y sobre su Destrucción constituye el primer tratado multilateral destinado a prohibir el desarrollo, la producción, el almacenamiento y el uso de una categoría completa de armas de destrucción masiva y asegurar la destrucción de sus arsenales en un periodo específico de tiempo. Es también un instrumento único dado que sus obligaciones están sostenidas por un sistema comprehensivo de verificación de declaraciones, inspección y sanciones contra aquellos que lo violen.

Para la implementación de la dicha Convención, en 1997 se creó la Organización para la Prohibición de las Armas Químicas (OPAQ) (https://www.opcw.org/sp/acerca-de-la-opaq/), que es el organismo internacional que los Estados Partes adherentes a la Convención sobre las Armas Químicas crearon para asegurar su eficacia y el logro de sus fines.

En la Argentina, a través del Decreto PEN Nº 920 del de 1997 se estableció la Comisión Interministerial para la Prohibición de Armas Químicas (ANCAQ), (http://cancilleria.gov.ar/ancaq) constituyendo la Autoridad Nacional encargada de la implementación de la Convención en el territorio nacional.

Dentro de los muchos esfuerzos que realiza la OPAQ por evitar la proliferación de las armas químicas, se encuentran Directrices Éticas de La Haya. Dichas directrices fueron delineadas por un grupo de expertos de 24 países basadas en los principios éticos de la comunidad química internacional, con el fin de fomentar la concientización entre los profesionales de la química sobre el uso pacífico y beneficioso de las sustancias que manipulan.

Directrices Éticas OPAQ